Actividad práctica para trabajar en la clase del viernes 2/11/2018
EL TRABAJO DEBE SER REALIZADO EN GRUPOS DE 3 ALUMNOS
CONSIGNAS
I.- En cada
caso indique si el acto es nulo o inoponible; si opta por la nulidad aclare si
se trata de nulidad absoluta o relativa
a) Un juez
compra un inmueble cuyo remate había ordenado
b) Pedro
compra un reloj antiguo, pensando que había pertenecido a San Martín y estaba
en un error
c) Lucía,
que es insolvente, vende un bien de su propiedad para evitar su ejecución por
los acreedores
d) Acto jurídico
de disposición celebrado por un inhabilitado sin la asistencia de su curador
e) La
constitución de un usufructo sobre un bien inmueble que no se inscribe en el
Registro de Propiedad Inmueble
f) Un acto celebrado sin cumplir con las formas
legalmente impuestas
II.- El padre de Roberto tiene numerosas deudas
y para evitar la acción de sus acreedores decide que transferirá los inmuebles
de su propiedad a nombre de su prima, Juana, quien, pasado un tiempo, se los
devolverá. Celebran, por tanto, un contrato de compraventa que plasman en un
instrumento privado (boleto de compraventa)
¿Cuál es el/los vicio/s de que adolece el acto
celebrado?
¿Qué acción puede iniciarse para dejarlo sin
efecto?
¿Quién/nes son titulares de la acción?
¿Puede el padre de Roberto iniciar la acción?
¿Se trata de una acción prescriptible o
imprescriptible? Si la entienden prescriptible ¿cuál es el plazo de
prescripción? ¿desde cuándo empieza a contarse?
III.- Don Julián, promotor y
constructor, vendió el 8 de setiembre de 2015 un local situado en un edificio
por él construido. En el contrato de compraventa se estableció, entre otras
cláusulas, lo siguiente:
“Don Julián Jesús Olmos Arribas,
vende un local comercial de su propiedad (semisótano) ubicado en la calle Andrés
Iturbide, 8, por un precio de $ 150.000, a los señores Gerardo Diego de Lucas y
Francisco Sacristán Olmos para que instalen un supermercado. En este acto se
entrega la cantidad de $ 70.000 a cuenta del precio fijado; el resto del precio
deberá pagarse en un plazo de dos meses
desde la firma del contrato...”.
Requeridos por el vendedor, Don
Julián, al pago del saldo de precio, los
compradores se niegan alegando que el local adquirido no podía destinarse a
supermercado -como era su intención-, ya que las normas urbanísticas no
permitían la instalación de un local
comercial en semisótano.
comercial en semisótano.
¿Existe vicio del consentimiento en los compradores? En caso
de una respuesta afirmativa ¿Cuál?
¿Sería un vicio determinante de nulidad absoluta o relativa?
¿Permitiría invalidar el contrato?
¿Quién/quienes podrían accionar para dejarlo sin efecto?
La acción ¿sería renunciable o irrenunciable? Justifique su
respuesta
IV. Hacer un cuadro comparativo entre el interés legítimo y el derecho subjetivo
IV. Hacer un cuadro comparativo entre el interés legítimo y el derecho subjetivo